10 DE OCTUBRE
Si prestas tareas, el pago de la jornada laboral es DOBLE.
Se abona el salario correspondiente del día + Un Recargo al 100% de ese valor, en concepto de FERIADO
Los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente. Art. 6 de la Ley 27.399
Los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con un día sábado o domingo podrán trasladarse al lunes inmediato posterior o al último viernes inmediato anterior, según lo determine la Autoridad de Aplicación. Art. 1 del Decreto 614/2025.
Ministerio del Interior

